Con el fin de prohibir que los patronos o futuros empleadores indaguen sobre el informe crediticio de los trabajadores o aspirantes a empleo y utilicen esto como criterio al momento de evaluarlos, el portavoz de la mayoría en el Senado, Carmelo Ríos Santiago, anunció la radicación de la medida PS 1134 que propone crear la “Ley Sobre la Protección de Información Crediticia del Empleado”.
Respecto a la petición de informe crediticio, Ríos apuntó que “Desafortunadamente, en ocasiones, esta práctica ha provocado que personas extremadamente cualificadas no sean consideradas para el empleo por ostentar una puntuación baja en la empírica de su crédito. En momentos donde existe una crisis económica a nivel mundial, este requisito limita aún más el acceso a un empleo digno a nuestros ciudadanos y jóvenes profesionales que buscan un mejor futuro y sustento para su hogar. Confiamos que con la aprobación de esta legislación, garantizaremos que ninguna persona sea discriminada por razón de no poseer una buena puntuación crediticia al momento de solicitar empleo”, señaló. Cabe señalar que según una encuesta realizada por el Society for Human Resources Management en 2012, el 47% de los patronos utilizaban los informes crediticios al momento de evaluar.
El Legislador informó que en varios estados como California, Colorado, Connecticut, Delaware, Hawaii, Illinois, Maryland, Nevada y Washington se ha regulado dicha práctica. Por otro lado, el Proyecto expone que habrá ciertos casos en que se justifique que los que empleadores puedan solicitar este informe. Entre estos se destacan trabajadores que por Ley les sea requerida dicha información, que ocupen puestos gerenciales, quienes laboren para el Departamento de Justicia o sean agentes del orden público. De igual forma, trabajadores de la Rama Judicial y puestos que impliquen emitir pagos, cobrar deudas, transferir dinero o realizar alguna contratación a nombre del patrono. Sin embargo, para proceder a esto deberán notificarle de forma escrita al empleado o candidato para que tenga conocimiento de dicha gestión.
La pieza legislativa recalca que tampoco se podrá despedir, negar beneficios, compensación o ascenso a trabajadores que confronten problemas con su crédito. Quienes violenten este estatuto se exponen a multas que irán desde $1,000 para la primera infracción hasta $2,500 por cada infracción subsiguiente.
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