La Orden Ejecutiva 2021-26 —para manejar el aumento en casos por COVID-19 en Puerto Rico— entra en vigor hoy, viernes, 9 de abril de 2021.
La orden estará vigente hasta el 9 de mayo de 2021.
¿Qué estará prohibido del 9 de abril al 9 de mayo?
Ahora bien, ¿qué deben saber los comercios para estar listos ante una inspección del Departamento de Salud? Las respuestas están en la sección 13 de la orden.
1. Asegurar las medidas de protección
Los operadores privados deben asegurarse de que cada persona empleada —antes de comenzar sus labores— use mascarilla y periódicamente se lave las manos con agua y jabón por 20 segundos o utilice gel desinfectante de manos.
A su vez, el operador privado deberá desinfectar sus estaciones de trabajo al llegar y luego de culminar sus labores.
2. Asegurar distanciamiento
El patrono debe tomar las medidas de control para lograr el distanciamiento físico entre las personas empleadas y los clientes o el público.
3. Cernimiento de visitantes
Cada establecimiento deberá llevar a cabo un cernimiento a los visitantes antes de entrar al lugar.
También deberán asegurarse de que las personas que acudan a sus establecimientos cumplan con las medidas cautelares requeridas.
4. Considerar protectores transparentes
Cuando sea posible, podrán utilizar protectores transparentes u otras barreras para separar a las personas empleadas de los clientes.
5. Reducir la interacción
La orden ejecutiva recomienda que se promuevan las soluciones tecnológicas que reduzcan la interacción entre personas, tales como reservaciones y check-in en línea, acceso móvil a menús, servicios sin contacto y opciones de «pague sin contacto».
6. Limpieza de superficies
La orden ejecutiva establece que se deben limpiar y desinfectar constantemente las superficies que sean tocadas frecuentemente por diferentes personas, como:
- áreas publicas
- baños
- mesas
- botones de elevadores
- dispensadores de agua
- cajeros automáticos
- estaciones de pago con tarjeta
- máquinas expendedoras
- bolígrafos
- interruptores de luz
- manijas
- controles remotos
- teléfonos
- equipo alquilado
7. Proveer ventilación adecuada
Los patronos deberán proveer la ventilación adecuada y el filtrado efectivo en lugares con sistemas de acondicionador de aire.
8. Seguir las normas de PROSHA, el Departamento del Trabajo y los CDC
Se ordena continuar con las normas establecidas para los lugares de trabajo adoptadas por la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional de Puerto Rico (PROSHA), el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH) y los Centros para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).
La autocertificación de cumplimiento de cada patrono deberá ser sometida al DTRH.
Esta autocertificación será un requisito inicial para poder comenzar a operar.
Se entenderá que una vez sometida, las facilidades se ajustan a los parámetros establecidos anteriormente y el patrono podrá comenzar sus operaciones.
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